REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 31 de Marzo de 2009
195º y 147º
ACTA DE INICIO Y PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2009-000132
PARTE ACTORA: Belkys Vanesa De La Rosa Barilla, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 18.450.130.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Orlando De La Rosa, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 17.255.-
PARTE DEMANDADA: Centro de Educación Inicial Siete Estrellas C.A.
REPRESENTANTE LEGAL ESTATUTARIA DE LA PARTE DEMANDADA: Johana de Jesús Morales Gómez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 12.643.518 y quien detenta la cualidad de Presidenta de la Junta Directiva.-
ABOGADO ASISTENTE: Carolina Suquilandia, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 122.799.
MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales
Hoy, 31 de Marzo de 2009, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la primera reunión de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparece la ciudadana Johana de Jesús Morales Gómez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 12.643.518 y quien detenta la cualidad de Presidenta de la Junta Directiva, debidamente asistida por la Dra. Carolina Suquilandia, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 122.799 por una parte y por la otra la ciudadana Belkys Vanesa De La Rosa Barilla, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 18.450.130 en su cualidad de parte actora, debidamente asistida por el Dr. Orlando De La Rosa, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 17.255, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a la parte actora quien ratifica en todas y cada una de sus partes lo contenido en su escrito libelar, en especial la existencia de un contrato a tiempo determinado no cumplido y el despido injustificado, concluyendo de esta manera su exposición confiriéndosele de seguido el derecho de palabra a la parte demandada quien manifiesta reconocer la relación laboral, que no esta de acuerdo con los conceptos reclamados y que están dispuestos al dialogo, concluyendo su exposición. Acto seguido el tribunal solicita de las partes sus escritos de promoción de pruebas y sus elementos anexos, los cuales son consignados por las partes de la manera siguiente: PARTE ACTORA: Consigna en Cuatro (04) folios útiles su escrito de promoción y en 30 folios útiles sus elementos probatorios como anexos y la PARTE DEMANDADA: Consigna en Un (01) folios útiles su escrito de promoción de pruebas y en 19 folios útiles sus elementos probatorios los cuales se ordena mantener en reserva hasta la oportunidad procesal de ser agregados a los autos y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Martes 28 de Abril de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los Presentes