ASUNTO: FP02-V-2007-001048
RESOLUCION N° PJ0212009000163
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el convenimiento realizado por los ciudadanos OSWALDO RAMON RIVERO CARABALLO Y KATIUSKA JOSEFINA ORTA PARRA, en fecha 17 de diciembre de 2007, donde conviene en la demanda en todas y cada una de sus partes y vista la opinión del Fiscal del Ministerio Público en Materia de Protección, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, autoriza el convenimiento presentado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil, y Homologa dicho convenimiento, por no ser contrario al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada formal de conformidad con lo previsto el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En consecuencia, se suspenden todas las medidas preventivas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 15-10-2007.
Se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Empresa Herrera Compañía Anónima, a los fines de hacer de su conocimiento la suspensión de las medidas señaladas. Cúmplase Lìbrese los respectivos oficios y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN Nº 01
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
Elaborado por Yumeris Aray
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