ASUNTO : FP02-V-2009-829
RESOLUCIÓN N° PJ0212009000151
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINTIVA
Visto el convenimiento realizado en fecha 11 de Febrero de 2009, ante la Fiscalia Séptima en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por los ciudadanos: ANGY DILUVINA MILANO PEREZ y GABRIEL ARCANGEL GOMEZ AFANADOR, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros. 15.617.901 y 8.894.058 respectivamente, en representación de los niños (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente), de nueve (09) y ocho (08) años de edad respectivamente. Se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el convenimiento presentado, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ DE PROTECCION (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PÉREZ LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA G.
MAPP/CQG/Ramona Evelyn Afanador
La Asistente
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