REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 18 de mayo de 2009
Años: 199º y 150°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos LILIAN INES MORENO PEÑA y NELSON FRANCISCO PRADO OVIEDO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.713.940 y V- 13.619.418, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano EDGAR EDUARDO SILVA GONZALEZ, soltero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.094.601, sobre unas bienhechurías que la solicitante dice ocupar construidas en un lote de terreno perteneciente a (INAVI), quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros sobre dichas bienhechurías; que mide DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS (257,56 Mts2), con una área de construcción de DIECIOCHO METROS (18 Mts) de fondo, por SIETE CON CUARENTA METROS de ancho (7,40 Mts), ubicado en la Urbanización La Acequia, Calle 16, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: Casa que fue o es de la señora Aanameli Peña.; Sur: Casa y solar que es o fue de Ivonne Boza; Este: Casa y solar que es o fue de la señora Eneida Yánez, y Oeste: Casa y solar que fue o es de Eddy González; bienhechurías que consisten en: Porche, Sala de estar, sala, Comedor, cocina, baño, un lavadero, techo de platabanda, paredes de bloque, todo con servicios de luz, aguas negras y blancas. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
El Juez,
Dr. Luís Humberto Moncada Gil,
La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos P.
En la misma fecha se devuelve la Solicitud N° 4755, constante de catorce (14) folios útiles
. La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos P.