REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 8 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-S-2004-005248
ASUNTO : UP01-S-2004-005248
Realizada como ha sido Jornada de Actualización de Cómputos e Imposición de Situación Jurídica de lo Penados, realizada en la sede del Internado Judicial de San Felipe Estado Yaracuy, con el penado LIEBANO ISAAC OROPEZA PINTO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 18.548.031, ASUNTO N° UP01-S-2004-005248, se procede a la actualización del cómputo del penado de autos, este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
PRIMERO: Consta de la revisión de dossier que el penado de autos, FUE CONDENADO A CUMPLIR LA PENA OCHO (08) AÑOS, DE PRESIDIO, POR EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los Artículos 408 del Código Penal Vigente, desprendiéndose que ha estado detenido desde el día 19-06-2004 hasta el 22-08-2006, luego nuevamente detenido el 30-10-2006, al 08-07-2007, luego fue detenido el día 26-02-2009 a la fecha lo que sumaria de pena física cumplida TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES, Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, ahora bien se procede a la revisión y actualización del computo conformé al Art. 482, del COPP. Y como quiera que autos no consta las actas para la redención el Tribunal acuerda oficiar al junta rehabilitadota a los fines de que se practique lo necesario para la redención de la pena por el estudio y el trabajo. Determina que efectivamente tiene extinguido el Destacamento de trabajo, de Régimen Abierto, La libertad condicional, confinamiento opta a partir del día, vence pena el día 18-07-2009, a las 12.00 Mediodía,. Venciendo dicha pena el día 25 de Septiembre de 2013 a las 12 del mediodía. Quedan las partes notificadas de la presente decisión.-
El juez de Ejecución Nº 02
Abg. Luís José Valdivieso
La Secretaria
Abg. Clara Maribel Serrano