REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, quince (15) de mayo de 2009
199º y 150º

Visto que para el día hoy viernes (15) de mayo del presente año, a las (09:00 am), estaba prevista la celebración de la audiencia conciliatoria en etapa de ejecución del acuerdo entre las partes, y en razón a que dicho acto coincide con otro acto en el Asunto N° UP11-L-2009-000165; En consecuencia éste Tribunal acuerda de oficio DIFERIR la Audiencia Conciliatoria prevista en este asunto, y la fija para el día: MARTES DIECINUEVE (19) DE MAYO DE 2009, A LAS DOCE DEL MEDIODÍA (12: 00 M). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


LA JUEZ,


Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ.




La Secretaria Accidental,



Abg. MARIA ZULEIMA GONZÁLEZ.







ASUNTO N° UP11-L-2009-000236-Oswaldoliscano.-