REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar



Vista la diligencia de fecha 22 de abril de 2009, suscrita por el abogado Carlos E. Sánchez Morales, Juez Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, donde se inhibe de conocer del juicio por cumplimiento de contrato que sigue la ciudadana Amelia Yrureta Lanza contra Celena de Jesús Cuberos de Agelvis, conforme a lo dispuesto en el Ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, el cual dice así:

“ Por enemistad entre el recusado y cualquier de los
litigantes, demostrar por hechos que sanamente
apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del
recusado”


Exponiendo que procede a Inhibirse: “En vista que entre el ciudadano Carlos J. Oxford Medina, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.267, de este domicilio, quien es apoderado judicial de la demandante en el presente juicio, y mi persona existe una “enemistad manifiesta” al haberme denunciado ante la inspectoria General de Tribunales, me veo forzado a inhibirme, como en efecto ME INHIBO de conocer de este proceso, por cuanto el supuesto de los hechos antes mencionados encuadra con lo establecido en la norma prevista en el artículo 82 ordinal 18° del Código de Procedimiento Civil.- Es todo”.-

Ahora bien, señalado lo anterior se observa que los hechos expuestos por el Juez a-quo, al proceder a inhibirse concuerda con la disposición precedentemente transcrita, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la inhibición propuesta y así se decide.-

En consecuencia se ordena remitir la presente inhibición al Juzgado de origen, a fin de que tome nota de está decisión y oportunamente sea remitido a otro tribunal de igual categoría que ha de conocer de la causa.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, a los veintiuno días del mes de mayo del dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,


Ab Soraya Charboné.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se ordena remitir el expediente al Tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, constante de diez (10) folios útiles, mediante oficio N° 025-699-09.-
La Secretaria,


Ab Soraya Charboné.-


MAC/aji.-
Asunto: FN02-X-2009-000007
Resolución Nº PJ0192009000318