REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 28 de mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO: UH05-S-2008-000508
SOLICITANTE: Ciudadano JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 16.949.188.
ABOGADO ASISTENTE: Defensora Pública Segunda Abg. ANILEC SILVA CAMACARO, Inpreabogado Nº 61.555.
ADOLESCENTES: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actualmente de 17, 15 y 13, respectivamente.
MOTIVO: TUTELA
En fecha 25 de julio de 2008, se recibió solicitud de Nombramiento de Tutor, interpuesta por el ciudadano JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 16.949.188, actuando en su carácter de hermano de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actualmente de 17, 15 y 13, respectivamente debidamente asistido por la Defensora Pública Segunda Abg. ANILEC SILVA CAMACARO, Inpreabogado Nº 61.555. Consignado con la solicitud, los siguientes documentos: Copias Certificadas de las Actas de nacimiento de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES; Copia Certificada del Acta de Defunción de la madre de los adolescente, quien en vida fuera MIRIAN RAFAELA D`HOY SEQUERA; Copia Certificada del Acta de Defunción del padre de los adolescente, quien en vida fuera TEODORO ANTONIO VALLADARES GAINZA; Copia Certificada del Acta de nacimiento del tutor JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA; y Constancia de Estudios, suscrita por la Prof. WILERMA L. LÓPEZ, Directora encargada del Liceo Bolivariano Arístides Rojas, entre otros documentos.
En fecha 30 de julio de 2008, se admitió la presente causa, se ordenó la notificación de la representación fiscal y oír a los adolescentes de autos. Asimismo, se ordenó la realización del Informe Integral por parte del equipo multidisciplinario de este tribunal.
En fecha 12de agosto de 2008, se la Fiscal del Ministerio Público emitió opinión favorable en la presente causa.
En fecha 13 de agosto de 2008, se escuchó la opinión de los adolescentes de autos. En fecha 22 de septiembre de 2008, la ciudadana JOSEFA SEQUERA D`HOY, titular de la cédula de identidad Nº 4.475.189, manifestó no poder ejercer las obligaciones como Tutora legal de sus nietos, debido a su delicado estado de salud.
En fecha cinco (05) de marzo de 2009, quien Juzga se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 13 de mayo de 2009, fue fijada la audiencia preliminar de sustanciación para el día 26 de mayo de 2009, a las 2:00 p.m.
El día 26 de mayo de 2009, se celebró la audiencia preliminar, estando presentes los ciudadanos JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, titular de la cédula de identidad Nº 16.949.188, MIRIAN AMARILYS VALLADARES D´HOY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 16.949.187, MIJALYS GREGORIA D`HOY SEQUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 12.726.308 y los ciudadanos JOSÉ ISMAEL D`HOY SEQUERA, ROSA AURA CALABRESE YANEZ y ERNESTINA ORDOÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 10.366.603, 7.517.597 y 4.965.852 respectivamente, quienes aceptaron y juraron cumplir fielmente con los cargos de TUTOR, PROTUTORA y PROTUTOR SUPLENTE y del Consejo de TUTELA. Asimismo, promovieron como pruebas las siguientes documentales: Copias Certificadas de las Actas de nacimiento de los adolescentes JESÚS RAFAEL, LUISAURY COROMOTO y LUIS ALEJANDRO VALLADARES D`HOY, cursantes a los folios 11, 10 y 9; Copia Certificada del Acta de Defunción de la madre de los adolescente, quien en vida fuera MIRIAN RAFAELA D`HOY SEQUERA, cursante al folio 7; Copia Certificada del Acta de Defunción del padre de los adolescente, quien en vida fuera TEODORO ANTONIO VALLADARES GAINZA, cursante al folio 8; y Copia Certificada del Acta de nacimiento del tutor JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, cursante al folio 12, de la cual se evidencia el parentesco con los adolescentes de autos; dichos documentos son apreciados por esta Juzgadora y le otorga su justo valor probatorio, por cuanto de los mismos se evidencia que los padres de los adolescentes fallecieron y por quedar demostrado el parentesco de los adolescentes de autos con el solicitante, determinándose en consecuencia la procedencia de la solicitud intentada, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 y siguientes del Código Civil. De la Constancia de Estudios, suscrita por la Prof. WILERMA L. LÒPEZ, Directora encargada del Liceo Bolivariano Arístides Rojas, es apreciada por esta Juzgadora, como indicios de que el solicitante se ha hecho responsable de los adolescentes de autos.
Ahora bien, analizadas las actas procesales especialmente las aceptaciones del Tutor, Protutor, Suplente de Protutor e Integrantes del Consejo de Tutela, quien Juzga considera cumplidos todos los requisitos exigidos por el Código Civil Venezolano para serle nombrado representante legal al adolescente de autos, provisto de Tutor, Protutor, Suplente de Protutor y Consejo de Tutela, es por lo que este Tribunal debe nombrarle los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actualmente de 17, 15 y 13, como Tutor Definitivo, a su hermano ciudadano JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, como PROTUTORA a la ciudadana MIRIAN AMARILYS VALLADARES D´HOY, PROTUTORA SUPLENTE a la ciudadana MIJALYS GREGORIA D`HOY SEQUERA, y como miembros del Consejo de Tutela a los ciudadanos JOSÉ ISMAEL D`HOY SEQUERA, ROSA AURA CALABRESE YANEZ y ERNESTINA ORDOÑEZ. Así se Decide.
DECISION
En merito de todo los anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por considerar que se dio cumplimiento a lo establecido en el Artículo 301 y siguientes del Código Civil, se nombra como TUTOR DEFINITIVO de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actualmente de 17, 15 y 13, respectivamente, al ciudadano JOSÉ GABRIEL D`HOY SEQUERA, titular de la cédula de identidad Nº 16.949.188, como PROTUTORA a la ciudadana MIRIAN AMARILYS VALLADARES D´HOY, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 16.949.187, y PROTUTORA SUPLENTE a la ciudadana MIJALYS GREGORIA D`HOY SEQUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 12.726.308. Asimismo, se nombra como miembros del Consejo de Tutela a los ciudadanos JOSÉ ISMAEL D`HOY SEQUERA, ROSA AURA CALABRESE YANEZ y ERNESTINA ORDOÑEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 10.366.603, 7.517.597 y 4.965.852 respectivamente, quienes deberán cumplir con los deberes inherentes a sus cargos, exigidos por la Ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, veintiocho (28) días del mes de mayo de 2009. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
La Juez,
Abg. BELKIS MORALES DE RODRÍGUEZ
El Secretario Temporal,
Abg. CRUZ MANUEL ANZOLA
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo la 1:16 p.m.-
El Secretario Temporal,
Abg. CRUZ MANUEL ANZOLA
ASUNTO: UH05-S-2008-000508
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