REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Dirección Ejecutiva de la Magistratura
Juzgado Ejecutor de Medida de los Municipios San Felipe, Cocorote,
Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción
Judicial del Estado Yaracuy.
El presente traslado es gratuito, como lo consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En horas de despacho del día de hoy 26 de noviembre de 2009, se traslado y Constituyó, siendo las 10:40 a.m.; este TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA, VEROES BOLIVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY; a cargo del Juez Provisorio Abogado TRINO LA ROSA VAN DER VYS y el Secretario Abogado Eduardo A. Ibarra G., titulares de las cedulas de identidad números: 6.194.808 y 10.853.325; respectivamente. En la siguiente dirección: “Urbanización El Ciepito, calle o avenida 1, Casa Nº 12 Avenida Las Américas, entre avenidas Las Fuentes y avenida Yaracuy, sector Bella Vista del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy”. A los fines de darle estricto y cabal cumplimiento al decreto, contentivo de Entrega Material, emanada del Juzgado Segundo De Los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, en contra del Ciudadano Francisco Javier Vega, de nacionalidad Peruana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº E-81.082.551 demandado de autos. En compañía de la Abogada en Ejercicio Froila Briceño Sierra, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.912.056, e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 14.388, quien actúa en este acto como apoderada Judicial de la Fundación “Centro de Investigaciones del Estado para la Producción Experimental Agroindustrial (C.I.E.P.E)”, quien es Demandante de autos, en el juicio de Desalojo de Inmueble, en el expediente Nº 1.064-07, de la nomenclatura del Tribunal de la Causa. Es todo. Asimismo este Tribunal deja constancia que fuimos acompañados para el resguardo del mismo por funcionarios asignados a la comandancia General de Policía con sede en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy a cargo del Distinguido Hidual Rafael Montes Martínez, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad numero 13.618.423, debidamente identificados con sus placas. Es todo. Seguidamente este tribunal Ejecutor de Medidas, procede a notificar de su misión, luego de haberle hecho lectura del despacho de comisión al ciudadano Serrano Torres Jeh Fleybert, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 11.278.245, en su condición de ocupante del inmueble, a quien este tribunal le concede el derecho de palabra y expone: “Solicito al tribunal y a la parte ejecutante me conceda un lapso para desocupar el bien inmueble por mis propios medios” Es todo. En este estado este tribunal ejecutor le concede el derecho de palabra a la ciudadana abogada Froila Briceño Sierra en su carácter de apoderada judicial de la Fundación “Centro de Investigaciones del Estado para la Producción Experimental Agroindustrial (C.I.E.P.E)” y expone: “ vista la solicitud del notificado ocupante del inmueble estoy de acuerdo en conceder un lapso hasta el día miércoles 02 de Diciembre de 2009 hasta las 12:00 del mediodía para entregar el inmueble libre de bienes y personas en forma voluntaria, a la fundación Ciepe por lo cual el notificado deberá informar en la sede de dicha fundación ante la oficina de administración o consultaría jurídica, sobre el cumplimiento de la desocupación del inmueble para su debida inspección, en caso contrario mi representada solicitara el la misma audiencia del miércoles 02 en la tarde el traslado para la ejecución forzosa, y el notificado deberá correr con los gastos de la ejecución. Asimismo Solicito al tribunal Suspenda Temporalmente la practica de la Medida de Entrega Material y mantenga la comisión en el archivo del tribunal”. Es todo. Este tribunal encontrando constituido en el lugar que consta al principio de la presente acta y visto lo solicitado Acuerda Suspender La Practica de la Medida de Entrega Material fijada para el día de hoy, como también mantener la presente comisión civil en el archivo de tribunal. Asimismo se acuerda el regreso a nuestra sede, siendo las 11: 30 a.m y su publicación en la página Web llevada por este Tribunal. Es todo, se termino, se leyó y conformes firman. El Juez Provisorio, Abg. Trino La Rosa Van Der Dys, (Fdo). El Notificado, (Fdo). El apoderado Judicial de la parte actora, (Fdo). El Funcionario Policial, (Fdo). El Secretario, Abgº Eduardo A. Ibarra G. (Fdo).
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