REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2007-000412
En el día de hoy, Lunes veintitrés (23) de Noviembre del año Dos mil nueve (2009), siendo las diez de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por los ciudadanos JUSTINO RAMON ESCOBAR, GREGORIO MUJICA y JOSE SUMOZA FRIO titulares de la cédulas de identidad número 4.963.998, 11.273.391 y 4.475.353 respectivamente contra ESTACION DE SERVICIO EL SOL C.A, representada por el ciudadano José Manuel Alves da Silva. Tal y como estaba previsto se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Posteriormente al verificar la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes los actores ciudadanos JUSTINO RAMON ESCOBAR, GREGORIO MUJICA y JOSE SUMOZA FRIO, antes identificados representada por la profesional del derecho ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 24.555. Asimismo se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, por medio de su apoderado judicial abogado JOSE LUIS OJEDA ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.594
Seguidamente se declara constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Abogado CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO, la secretaria DAYANA LEAL CORDERO y el Alguacil ISRAEL SCHWARS, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
El juez instó a las partes al uso de los medios alternativos de resolución de conflicto, otorgándole el derecho de palabra a la representación judicial de las mismas, quienes en su orden, solicitaron al Tribunal el diferimiento por cuanto tienen interés de sostener conversaciones en aras de llegar a un acuerdo.
En razón a la a la petición hecha por las partes, por no ser contraria a derecho y versa sobre la voluntad de las mismas, y siendo que es una orientación constitucional el uso de los medios alternativos de solución de conflictos; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y en consecuencia acuerda DIFERIR la presente audiencia para el día MARTES VEINTISEIS (26) DE ENERO DEL AÑO 2.010, A LAS DIEZ (10:00 A.M) HORAS DE LA MAÑANA, sin notificación de las partes por cuanto las mismas, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se encuentran a derecho.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El Juez de Juicio;
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES GARRIDO
PARTE DEMANDANTE PARTE DEMANDADA
JUSTINO R. ESCOBAR ABG. JOSE LUIS OJEDA E.
GREGORIO R. MUJICA M
JOSE DE LOS SANTOS SUMOSA FRIO
ABG. ZAFIRO NAVAS
LA SECRETARIA:
Abg. DAYANA LEAL CORDERO
EL ALGUACIL:
ISRAEL SCHWARS
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