REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR

EXPEDIENTE: FPO2-L-2009-0000341
RESOLUCION Nº: PJ0692009000127
PARTE ACTORA: ZAIDA FARFAN PINTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro: 16.500.362.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ESTHER BARTHA, Abogada, Inscrita en el IPSA bajo el Nro. 93.384, actuando en su condición de Procuradora de Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: TAGRID`S BEAUTY CONCEPT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROMAN GEORGE AZIZ TUFIC, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 84.072.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO


En el día de Hoy, Veintiséis (26) de Noviembre de 2009, siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.) fecha y hora fijada para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en el presente Asunto, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, tres (03) veces en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente el ciudadano ROMAN GEORGE AZIZ TUFIC, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 84.072, en su condición de representante judicial de la empresa demandada TAGRID`S BEAUTY CONCEPT, C.A., lo cual se evidencia de instrumento poder que consigna en el Expediente en original para que previa certificación le sea devuelto. Dejándose constancia que la ciudadana ZAIDA FARFAN PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 16.500.362, de este domicilio y suficientemente identificada en los autos del presente Asunto como parte accionante, no compareció ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. Se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, siendo las Diez y Treinta minutos de la mañana (10:30 A.M.). Terminó, Se leyó y conforme firman.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo. Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Ciudad Bolívar.
La Juez


Abg. Olga Vede Ruiz
El Apoderado Judicial de la parte Demandada

La Secretaria

Abg. María Esther Reyes