ASUNTO: FP02-V-2009-001036
RESOLUCION N° PJ0212009000976
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINTIVA
Visto el convenimiento de fecha 15 de Abril de 2.009, realizado por los ciudadanos YAMILET DEL CARMEN VALOR GONZALEZ Y RAFAEL JOSE PULIDO, identificados en autos, donde solicitan su correspondiente Homologación. En consecuencia, este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, autoriza el convenimiento presentado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil, y Homologa dicho convenimiento, por no ser contrario al orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley y ordena procederse como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada formal de conformidad con lo previsto el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En cuanto las 36 mensualidades, Se ordena suspender 18 mensualidades de las embargadas y las 18 mensualidades restantes se mantendrán embargadas para garantizar el derecho de manutención de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE), todas las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 21 de Noviembre de 2008. Se ordena oficiar a al Jefe de Personal de la Empresa C.V.G VENALUM, en Puerto Ordaz, a los fines de hacer de su conocimiento la suspensión de las medidas señaladas. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCION (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PÉREZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
MAPP/Yaquelin Rodriguez
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