REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, Dieciséis (16) de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: FP02-M-2009-000134

Vista la anterior demanda que por Cobro de Bolívares (Vía Intimación), presentada por el ciudadano José Danilo Guatume, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.538.025, procediendo en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil TigreMotor`s, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 44, Tomo 58-A, de fecha 23 de junio de 1.999, teniendo su última modificación en fecha 08 de noviembre de 2.007, marcada con la letra “A”, asistido por el ciudadano Arturo Rafael de Jesús Montes Sánchez, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº 91.780, contra el ciudadano Guillermo Sandoval Garrido, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.609.630, de este domicilio y visto que el demandante estimó el valor de la demanda en novecientas uno con cuarenta y siete unidades tributarias (901,47UT), este Tribunal, con carácter previo a cualquier pronunciamiento sobre la admisibilidad de la pretensión, debe emitir un juicio acerca de su competencia para conocer y decidir la demanda de cobro de Bolívares (vía intimación) en cuestión y, a tal efecto, observa:

El día 2 de abril de 2009 fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela la Resolución Nº 2009-0006 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se estableció que los Juzgados de Municipio conocerían de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de las tres mil unidades tributarias.

De manera que, la demanda de cobro de Bolívares (vía intimación) interpuesta por el ciudadano José Danilo Guatume debe ser conocida por un Juzgado de Municipio de esta localidad.

Por las consideraciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declina el conocimiento de este asunto en uno cualquiera de los Juzgados de Municipio del Municipio Heres del Estado Bolívar a cuyo efecto se ordena remitir con oficio a la Unidad de Recepción de Demandas y Documentos (URDD) para su distribución. Así lo decide administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Cúmplase. Líbrese Oficio.-
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-

La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo la una y treinta y seis (01:36 p.m.) minutos de la tarde.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-


MAC/SCH/leydner.-
Resolución N° PJ0192009000519.-