REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 16 de septiembre de 2009
Años: 199º y 150°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos MILDRED YAMILET SALAZAR DE JIMENEZ, y RAMON JIMENEZ HERRERA titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.367896 y V- 7.907.197, respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano ERARDO DEL ROSARIO NARVAEZ MONCADA , venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-1.907.347, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propio, que mide aproximadamente Media Hectárea (1/2has), que formo parte de un lote de terreno de mayor extensión de la finca La Danielera que fuera propiedad del difunto Michel Moens , ubicadas en el Caserío Guayurebo del Municipio Cocorote Distrito San Felipe del estado Yaracuy del Estado Yaracuy, comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: Con calle las Rosas la cual es su frente Sur: Bienchurias propiedad del señor Simón Sánchez; Este :Bienchurias propiedad de de la señora Soledad Ramírez, y Oeste: Con Calle las Maravillas de por medio la granja del señor Juan Francisco Martínez; bienhechurías que consisten en: Una casa de habitación de dos (2) pisos con paredes de bloque rojo, piso de granito, y techo de platabanda, puertas y ventanas de hierro y madera, compuesta el Primer Piso: Tres (03) dormitorios, Una (01) sala-comedor, Una (01) cocina y Tres (03) baños con sus piezas sanitarias, Un (01) pasillo, y Un (01) local comercial. El Segundo Piso: esta compuesto de Cuatro (04) dormitorio, tres (03) baños con sus piezas sanitarias, Dos (02) salas de estar, Una (01) terraza, tres (03) escaleras, que mide aproximadamente TREINTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (37,50Mts) de frente por CINCUENTA Y SIETE METROS (57Mts2) de fondo; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
El Juez,
Dr. Luís Humberto Moncada Gil,
La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos P.
En la misma fecha se devuelve la Solicitud N° 4825 constante de veinte (20) folios útiles. La Secretaria,
Abg. Delyn Graciela Matos P.
LHMG/ma