Exp. Nº REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO YARACUY
Se inicia el presente procedimiento de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO (SUMARIA), mediante solicitud efectuada por la ciudadana YRAIDA COROMOTO SERRANO DE MESCHISI, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad número 4.481.862, inscrita en el Inpreabogado con el número 18.075, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual solicita a este Tribunal la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE SU NACIMIENTO, recibida por distribución en fecha 09 de julio de 2009, constante de catorce (14) folios útiles.
Señala la solicitante en su escrito libelar, que el acta de su nacimiento, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Prefectura Civil de la Parroquia Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, anotada con el número 19, correspondiente al año de mil novecientos cincuenta y dos (1952), adolece de los siguientes errores materiales: 1) Se señala en el acta de nacimiento emitida por la referida prefectura que el primer nombre se asentó como “IRAIDA”, siendo totalmente incorrecto, siendo lo correcto “YRAIDA”, tal como se desprende claramente en toda la documentación de identidad y aquellos relacionados con la vida de la solicitante anexos al escrito libelar constante de la copia simple de la cédula de identidad, copia simple del pasaporte emitido por la Oficina Nacional de Identificación del Ministerio de Relaciones Interiores de Venezuela, copia certificada del Acta de Matrimonio celebrado entre los ciudadanos FRANCESCO MESCHISI VACCARO y YRAIDA COROMOTO SERRANO MENDEZ, emanada por el Juzgado de las Parroquias San Javier y Albarico de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, copia simple del Acta de Nacimiento de GIANFRANCO, quien es hijo de la solicitante, emanada de la Prefectura del Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy, copia simple de la Constancia de jubilación, emanada por la División de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, copia simple del fondo negro del Titulo Universitario donde la solicitante se gradúa de Abogado, emitido por la Universidad de Carabobo, copia simple del fondo negro de Titulo Universitario de Post-Grado donde a la solicitante se le acredita como Especialista en Derecho Penal, y copia simple de la Fe de Vida, emanada de la Dirección de Servicios al Personal de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; 2) Se asentó erróneamente el segundo nombre de su padre, púes indica que su segundo nombre es “PACCIO”, cuando lo correcto es “PACCIAN”, tal como se desprende de la documentación anexa al escrito libelar constante de la copia simple de la cédula de identidad de su padre, copia certificada del Acta de Matrimonio celebrado entre los ciudadanos FRANCESCO MESCHISI VACCARO y YRAIDA COROMOTO SERRANO MENDEZ, emanada por el Juzgado de las Parroquias San Javier y Albarico de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y copia simple del Acta de Defunción de su padre ciudadano FRANCISCO PACCIAN SERRANO MOTAS.
En virtud de que la ACTA DE NACIMIENTO presentada NO AMERITA UN JUICIO DE MANERA ORDINARIA, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana YRAIDA COROMOTO SERRANO DE MESCHISI, anotada con el número 19 de los Libros de Registro Civil de Nacimientos de la Prefectura Civil de la Parroquia Albarico del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, para el año de mil novecientos cincuenta y dos (1952), en el sentido que:
PRIMERO: Donde se colocó su primer nombre como “IRAIDA”, en lo adelante diga “YRAIDA”, que es lo correcto. Es decir, su verdadero nombre es: “YRAIDA COROMOTO SERRANO DE MESCHISI”.
SEGUNDO: Donde se colocó el segundo nombre de su padre como “PACCIO” aparezca en lo adelante “PACCIAN”, que es lo correcto.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines del artículo 72, Ordinales 3ro y 9no de la Ley Orgánica del Poder Judicial y con oficios remítanse a la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FELIPE, DEL ESTADO YARACUY y al REGISTRADOR CIVIL/OFICINA PRINCIPAL de este mismo Estado, a los fines previstos en los artículos 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, en el Libro para Nacimientos llevados por esos Despachos para el año 1985. Líbrense Oficios.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, a los veintiocho (28) días del mes de Septiembre de 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez,
Hebert Javier Perozo Araujo
El Secretario,
Abg. Oscar Alfredo Fuenmayor Rivero
En la misma fecha, siendo las 12:30 minutos de la tarde, se dictó y publicó la anterior sentencia.
El Secretario,
Abg. Oscar Alfredo Fuenmayor Rivero
Exp. N° 1.239-09 jm.
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