REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL L.O.P.N.A.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 1ro de Control Sección Adolescentes de San Felipe
San Felipe, 25 de Septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : UP01-D-2008-000136
ASUNTO : UP01-D-2008-000136


AUDIENCIA ESPECIAL PARA PLAZO PRUDENCIAL

En el día de hoy Viernes 25 de Septiembre de 2009 de dos mil nueve siendo las 4:00 pm, en la Sala de Audiencia N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, se constituye el Tribunal de Control Nº 01, integrado por la Juez Abg. Myriam Rojo, la secretaria de sala : Abg. Eddiluh Guedez y el Alguacil Lucio Pérez, para llevar a efecto Audiencia especial para providenciar solicitud de plazo prudencial presentado por la defensa pública, en el presente asunto, en causa seguida a JOSE MIGUEL AMARO CAMBERO, por el delito de CONTRA LAS PERSONAS., según acción interpuesta por la Fiscalía 9ª del Ministerio Público. De inmediato, la Juez insta a la Secretaria a que verifique la presencia de las partes en la sala: La Fiscal 9ª del Ministerio Público, Abg. Ángela Gil, la victima ciudadano Rafael Amaro Oviedo, C. I. Nª V- 814.521, la defensa publica 2°, Abg. Adiby Abdel, el imputado adolescente Miguel José Amaro Cambero y el representante Lino Narváez, A continuación la juez impone a las partes el motivo de la Audiencia y se le concede la Palabra a la defensa quien ratifica su solicitud de plazo prudencial presentada en fecha 07 de Mayo de 2009, para que el Ministerio Público presente algún acto conclusivo en la presente investigación, conforme lo prevé el artículo 313 del C.O.P.P. y 357 de la L.O.P.N.N.A, siendo que ya han transcurrido mas de seis meses para que el Ministerio Publico presente el respectivo acto conclusivo. Solicito copia simple del acta. De seguidas, se deja en uso de la palabra al adolescente quien expresa que no tiene nada que decir en esta oportunidad. De seguidas se deja en uso de la palabra al Ministerio Público, quien expone: en virtud que si bien es cierto esta representación fiscal tuvo conocimiento en fecha 23/06/09 a través de la denuncia del sr Amaro Rafael delos presentes hechos, no es menos cierto que hasta la presente fecha no se ha recibido el resultado medico forense de la misma, en virtud a ello no se ha podido citar al prenombrado imputado a los fines de poder imputarlo de los presentes hechos, solicita se le fije un plazo de sesenta (60) días para presentar el respectivo acto conclusivo, solicito copia simple del acta. Por lo que la Juez Oídas como han sido las peticiones de las partes ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara con lugar la solicitud de la defensa , y de conformidad con el articulo 654 en su primera parte de la L.O.P.N.N.A, Fija de acuerdo al articulo 313 del C.O.P. por remision expresa del articulo 357 de la L.O.P.N.N.A, un plazo de sesenta (60 ) días solicitado por el Ministerio Fiscal a los fines de que concluya con la presente investigación, el cual comienza a partir del día de mañana Sábado 26/09/09 y vence el dia Martes veinticuatro (24) de Noviembre de 2009.Quedan las partes notificadas de esta decision. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman siendo las 4 : 30 pm

La Juez de Control N° 1 El Ministerio Público
Abg Myriam Rojo Abg. Angela Gil


Victima
Rafael Amaro Oviedo

La Defensa Pública
Abg Adiby Abdel




Imputado adolescente
JOSE MIGUEL AMARO CAMBERO,



Representante
Lino Narváez


La Secretaria
Abg Eddiluh Guedez
El Alguacil
Lucio Pérez
UP01-D-2008-000136