REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Veintinueve (29) de Septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: UP11-L-2009-000135
Vista la diligencia que antecede, folio (41), suscrita por las profesionales del derecho, ANDREMAR SEQUERA Y ZAFIRO NAVAS, Inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 102.252 y 24.555, respectivamente, actuando cada una en sus condiciones de representante legal de la parte demandada y demandante, mediante la cual solicitan la reprogramación de la Audiencia Preliminar prolongada, fijada par el día de hoy, Martes Veintinueve (29) de Septiembre de 2009, a las Once de la mañana (11:00 am.). En consecuencia, este Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR, ésta Audiencia Prolongada y se fija para el día VIERNES DIECISEIS (16) DE OCTUBRE DE 2009, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
LA JUEZ,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
El secretario,
Abg. RUBEN ARRIETA
AVLH/RA/lisbethoviedo