ASUNTO: FP02-S-2009-003768
RESOLUCIÒN Nº PJ0232009000856
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
A U T O R I Z A C I O N
DRA. LIGIA E. MORENO RIVERO, Juez de Protección (3) del Niño y del Adolescente Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por medio de la presente AUTORIZA suficientemente a la Ciudadana MARVELIZ DEL CARMEN TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V-8.856.398, para que gestione el ingreso al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), de dieciséis (16) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.555.750, al Instituto de Escuela de Formación Militar para Oficiales Técnicos de la fuerza Armada Nacional, tal y como fue solicitado por la misma institución, todo ello a los fines de garantizarle el derecho de Educación, tal y como lo establece en el articulo 28 de la Ley Organica de Protección del Niño y del Adolescente.
Autorización que se expide en Ciudad Bolívar, a los veintiuno (21) días del mes de Septiembre del año 2009.
JUEZ DE PROTECCION (3)
DRA. LIGIA ELIZABETH MORENO RIVERO
LMER/Ryna.-
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