REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar

I

Con fecha 19 de febrero de 2.009, la ciudadana Karina Eleidy González, venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, debidamente asistida por la profesional del derecho Suleima Conde, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 74.171, concurrió por ante este Tribunal y solicitó la inserción de su acta de nacimiento, habida cuenta de que no consta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos del Municipio autónomo Heres del Estado Bolívar, donde nació la solicitante.-

II
Con fecha 04 de marzo de 2.009, previo su estudio fue admitida la solicitud en referencia, y se ordenó la notificación del Fiscal 7° del Ministerio Público y en atención a lo dispuesto en el artículo 458 del Código Civil en concordancia con el 507 ejusdem, se ordenó emplazar a la ciudadana Marlene Josefina González, a fin de que compareciera al décimo (10) día de despacho siguiente a la constancia de su citación para manifestar lo que creyere conveniente acerca de lo solicitado por Karina Eleidy González, se ordenó emplazar por medio de edicto, publicación que debía hacerse en un diario de extensa circulación de la capital de la República, a todo aquel que pudiere tener interés directo y manifiesto en la petición planteada, en un plazo de diez (10) días de los señalados para despacho a la fecha que constara en autos la citación de la ciudadana Marlene Josefina González a dar contestación a la solicitud que origina estas actuaciones.-
III

En fecha 26 de marzo de 2.009 se consignó el edicto publicado en el diario “Ultimas Noticias” de la ciudad de Caracas.
IV
En fecha 17 de abril de 2.009 el Alguacil del tribunal consignó boleta de citación firmada por la ciudadana Marlene Josefina González, a fin de que comparezca al décimo día de despacho para que manifestara lo que creyere conveniente acerca de la solicitud presentada por Karina Eleidy González.
V
En fecha 13 de mayo de 2009, compareció por ante el tribunal la ciudadana Marlene Josefina González, donde manifestó que su hija necesita su partida de nacimiento para obtener su cédula de identidad, documento indispensable para cualquier ciudadano.

VI

En fecha 15 de mayo del dos mil nueve, se ordenó la notificación del Fiscal 7° del Ministerio Público, para que a partir del día siguiente que conste en autos su notificación comenzará a computarse el lapso de diez (10) días de despacho para la promoción y evacuación de pruebas.

VII

Notificada como fue la Fiscal del Ministerio Público, quedó abierto a pruebas el procedimiento de inserción propuesta y en fecha 21 de septiembre de 2009 se dejo constancia del vencimiento de las mismas.-

VIII

Demostrado como ha quedado lo alegado por la solicitante, de demostrar la necesidad de la inserción de su acta de nacimiento, este tribunal estudiadas como han sido las actuaciones, anexos y la declaración, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de inserción de acta de nacimiento de la solicitante Karina Eleidy González plenamente identificada, por no encontrarse asentada dicha acta de nacimiento en Los Libros de Registro Civil correspondientes, todo en atención a lo dispuesto en el Artículo 458 del Código Civil y a lo expresamente señalado en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-

De conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar, a fin de que inserte íntegra la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese organismo.-

Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar a los veintidós (22) días del mes de septiembre del Año Dos Mil Nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez,

Abg. Manuel A. Cortés B.-

La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo las tres (03:00 p.m.) de la tarde.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-

MACB/SCH/angela.-
Resolución N° PJ0192009000480.-
ASUNTO: FP02-S-2009-000886