REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR

En fecha 11 de marzo de 2009 fue admitida por este tribunal demanda de divorcio intentada por la ciudadana Jennis Josefina Reyes Chávez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.602.298 y de este domicilio, debidamente asistida por los profesionales del derecho Egrey Prieto C y Orlando Torres Abache., abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado según matrícula N° 36.688 y92.647, respectivamente y de este domicilio contra el ciudadano Noel Salomón Cambero Morales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.932.026 domiciliado en ciudad Piar, Estado Bolívar, fundamentado en el artículo 185, ordinales 2 y 3 del Código Civil.

Habiéndose logrado la citación personal del demandado en fecha 07 de julio de 2009, previa notificación del ciudadano Fiscal 7° del Ministerio Público, ambas partes quedaron emplazadas para el primer acto conciliatorio, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.

Llegada la oportunidad para llevar a cabo el acto conciliatorio antes indicado, ninguna de las partes compareció al acto quedando desierto el mismo en fecha 29 de septiembre de 2009 encontrándose presente la ciudadana Fiscal del Ministerio Público (E) en materia de Familia Abg. Anargenis Campos F.

Ahora bien, el citado artículo 756 establece que la falta de comparecencia al acto por parte del demandante “… será causa de extinción del proceso”. Como quiera que en la presente causa la demandante Jennis Josefina Reyes Chávez no compareció al primer acto conciliatorio fijado en el auto de admisión de la demanda como consta del acta realizada en fecha 29 de septiembre de 2009, la causa deberá ser declara extinguida.

Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente juicio de divorcio intentado por la ciudadana Jennis Josefina Reyes Chávez contra el ciudadano Noel Salomón Cambero Morales.

Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

El Juez,


Abg. Manuel A. Cortes B.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.).
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné

MACB/SCH/angela.-
Resolución N° PJ0192009000488.-
ASUNTO: FP02-F-2009-000116