REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ.
Puerto Ordaz, 29 de Septiembre de 2009

ASUNTO PRINCIPAL: FP11-L-2008-000912
ASUNTO : FP11-L-2008-000912

PARTE ACTORA: LUIS BELTRÁN VALDEZ RODRÍGUEZ, VÍCTOR JOSÉ RIVERA VILLALBA, ÁNGEL RUBÉN SANZ BARRETO, JUAN EFIGINIO GIL DIAMON, NIEVE NAIM GUAPE, WONDERLING ITHAMAR DÍAZ SIMOZA, RENNY ALEJANDRO MARTÍNEZ ESPAÑA, JAIME SANSÓN, MARCIANO NATHANIEL PÉREZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° 13.453.417, 5.874.260, 10.549.579, 10.663.315, 8.914.450, 12.138.529, 18.160.383, 10.006.499 y 9.856.930 respectivamente.
APODERADAS JUDICIALES: Ciudadano KEMER GIOVANNY abogado en ejercicio, de este domicilio, e inscritas en el Inpreabogado bajo los N°. 113.925
PARTE DEMANDADA: Construcciones Eléctricas y Mecánicas S.A. (COTEMSA)
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ciudadanas KARELIA N. SILVEIRA M. y MARIA ALEJANDRA INDRIAGO, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 87.066 y 91.271, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 29 de Septiembre de 2009, siendo las once horas de la mañana (11:00 A.M.), día y hora fijada para dar continuidad con la AUDIENCIA DE JUICIO, en la causa signada con el Nº FP11-L-2008-000912, Interpuesta por la ciudadana: LUIS BELTRÁN VALDEZ RODRÍGUEZ, VÍCTOR JOSÉ RIVERA VILLALBA, ÁNGEL RUBÉN SANZ BARRETO, JUAN EFIGINIO GIL DIAMON, NIEVE NAIM GUAPE, WONDERLING ITHAMAR DÍAZ SIMOZA, RENNY ALEJANDRO MARTÍNEZ ESPAÑA, JAIME SANSÓN, MARCIANO NATHANIEL PÉREZ FLORES, contra la empresa “Construcciones Eléctricas y Mecánicas S.A. (COTEMSA)” ambos plenamente identificados; En este estado la ciudadana secretaría deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora en la presente causa, por lo que de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara:
PRIMERO: La Extinción de la acción, en la causa por Cobro De Diferencia de Prestaciones Sociales que incoaran los ciudadanos LUIS BELTRÁN VALDEZ RODRÍGUEZ, VÍCTOR JOSÉ RIVERA VILLALBA, ÁNGEL RUBÉN SANZ BARRETO, JUAN EFIGINIO GIL DIAMON, NIEVE NAIM GUAPE, WONDERLING ITHAMAR DÍAZ SIMOZA, RENNY ALEJANDRO MARTÍNEZ ESPAÑA, JAIME SANSÓN, MARCIANO NATHANIEL PÉREZ FLORES, contra la empresa “Construcciones Eléctricas y Mecánicas S.A. (COTEMSA)”. Así se decide.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas vista la naturaleza especial de la presente decisión. Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los 29 de Septiembre de 2009. Años: 199° de la Independencia y 149° de la Federación.

LA JUEZ 4º DE JUICIO,

ABOG. DALILA MARRERO

LA SECRETARIA,

Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley a las ocho y cincuenta de la mañana (08:50 a.m.).-
LA SECRETARIA,



DM/Joaquín.-