REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Laboral de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, dieciséis de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2009-000344
ASUNTO : FP11-L-2009-000344

SENTENCIA

Visto el desistimiento de la demanda de declaración mero declarativa, incoada por los ciudadanos: HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.377.315, V-12.129.948, V-8.939.895 y V-14.904.600, respectivamente, quienes actúan con el carácter de miembros de la Junta Directiva del Sindicato de trabajadores de la empresa Blindados de Oriente (SITRABLO), y en representación de todos quienes conforman el referido Sindicato, así como en nombre de los trabajadores JAMES JHORMAN RAUL, V-14.487.707; JOSE GREGORIO MORENO, V-11.006.657; JUAN ANTONIO MARIN, V-14.118.889; LENADRO JOSE MEDINA SALAZAR, V-4.033.697; RUDYS JOSE VILLALBA SALAZAR, V-13.521.375 y LUIS EDGARDO ALVAREZ, V-13.089.598, respectivamente; asistidos en este acto por el abogado TEODORO RODRIGUEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 93.382; este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento presentado por los ciudadanos HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES, anteriormente identificados, en su carácter de miembros de la Junta Directiva del Sindicato de trabajadores de la empresa Blindados de Oriente (SITRABLO). Dándole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, en razón de que el mismo no es contrario a derecho dándose por concluido el proceso incoado por el referido sindicato. Así se decide.
Igualmente, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento presentado por los ciudadanos HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES, anteriormente identificados, actuando como miembros del Sindicato de trabajadores de la empresa Blindados de Oriente (SITRABLO) quien ostenta la representación de los trabajadores JAMES JHORMAN RAUL, V-14.487.707; JOSE GREGORIO MORENO, V-11.006.657; JUAN ANTONIO MARIN, V-14.118.889; LENADRO JOSE MEDINA SALAZAR, V-4.033.697; RUDYS JOSE VILLALBA SALAZAR, V-13.521.375 y LUIS EDGARDO ALVAREZ, V-13.089.598, según se evidencia del instrumento poder consignado cursante a los folios 14 y 15 vtos. De la primera pieza del expediente. Dándole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, en razón de que el mismo no es contrario a derecho dándose por concluido el proceso respecto a los trabajadores antes mencionados.
Por otro lado visto que los actores, HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES, desde el inicio de la causa actuaron en nombre propio y mantienen la presente acción mero declarativa, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; decide continuar con la acción incoada por los ciudadanos HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES; y en cuanto a la continuación de la acción por parte de los trabajadores JAMES JHORMAN RAUL, V-14.487.707; JOSE GREGORIO MORENO, V-11.006.657; JUAN ANTONIO MARIN, V-14.118.889; LENADRO JOSE MEDINA SALAZAR, V-4.033.697; RUDYS JOSE VILLALBA SALAZAR, V-13.521.375 y LUIS EDGARDO ALVAREZ, V-13.089.598, up supra ya se homologó el desistimiento que hiciera el sindicato en nombre de estos trabajadores, y como quiera que los ciudadanos HERNAN ORTIZ, JOSE RODRÍGUEZ, TIOSCAR COVA y JOSE CORRALES no tienen representación de éstos, este tribunal desestima la solicitud de continuar la cusa a nombre de los trabajadores que solicitaron la continuación de la causa. Y así se decide.
Se deja constancia que las partes se encuentran debidamente notificadas de la presente decisión.

Publíquese, regístrese y déjese copia de esta decisión en el compilador respectivo.-

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Quinto De Primera Instancia De Juicio Del Régimen Procesal Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los dieciséis (16) días del mes de Septiembre de Dos Mil Nueve.- años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
EL JUEZ,

Abg. RENE ARTURO LOPEZ RAMO.-

LA SECRETARIA,

Abg. MARJORI GARCIA

En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las Once y Treinta de la mañana (11:30 A.M.).-
LA SECRETARIA

Abg. MARJORI GARCIA