REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 29 de Abril de Dos Mil Diez.
200° y 151°
Vista la solicitud de AUTORIZACIÓN DE VIAJE presentada por la ciudadana LENNYS MARITZA ZAMORA VIETTRII, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.894.259, de este domicilio, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.503, quien actúa a favor de su hijo (Cuya Identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), este Tribunal niega la admisión de la misma, por cuanto esta petición fue presentada ante esta Sala de Juicio en fecha 05-04-2.010, asignándole el N° 8348, y fue decidida en esa misma fecha, por lo cual hay una efecto de Cosa Juzgada. Cúmplase.
LA JUEZA PROFESIONAL SEGUNDA
Abg. ELINA CIANO DE COOL´S
LA SECRETARIA
Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
EXP. N° 8468-2.010
JACKISS