REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIA EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS, BOLÍVAR Y DELTA AMACURO.

Ciudad Bolívar, 16 de abril de 2.010.-
199° y 151°.

ASUNTO: FP02-U-2008-000092 SENTENCIA Nº PJ0662010000061

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado ante este Juzgado en fecha 08 de abril de 2.010, por el Abogado Jaime Cardozo Villazana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.857.818, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.186, actuando en su condición de representante de la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana, este Tribunal a los fines de su pronunciamiento lo hace en los siguientes términos: En relación al Capitulo I: Referido al merito favorable que se desprende de los autos, acogiendo los principios de comunidad de la prueba y en especial, de la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2008/216, de fecha 05 de agosto de 2.008, objeto del presente recurso; Así como, todos y cada uno de los recaudos que conforman el expediente administrativo que dio origen a la misma. Este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal o impertinente, reservándose su valoración en la sentencia definitiva. A tal efecto, se ordena notificar la presente decisión a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana. Asimismo, se ordena emitir cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor de la presente decisión, a los fines de la práctica de dichas notificaciones.

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA



ABG. YELITZA C. VALERO RIVAS. LA SECRETARIA ACCIDENTAL



ABG. GIOVANNA C. FERNÁNDEZ M
YCVR/Gcfm/oskarina