ASUNTO : FP02-V-2010-000172
RESOLUCION No. PJ0212010000335
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la diligencia de fecha 12-04-2010, suscrita por la ciudadana ARLENE SILVA, el acuerdo de fecha 05 de Marzo de 2.010, realizado, por los ciudadanos ARLENE NAZARETH SILVA GUEVARA y SANTOS REYES PRIETO, identificados en autos, donde solicitan su correspondiente Homologación, y la opinión para convenir del Fiscal Séptimo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta circunscripción judicial, realizada en fecha 24 de Marzo de 2010, este Tribunal da por consumado el acto, autoriza la transacción realizada, tal como lo establece el artículo 267 del Código Civil, HOMOLOGA el acuerdo transaccional realizado, por no ser contrario a los intereses de las adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), ni al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada formal, de conformidad con lo previsto en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se REVOCAN todas las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en fecha 11 de Febrero de 2010, tal como fue solicitado por las partes.
Cúmplase. Archívese el expediente y déjese constancia en el libro diario
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
LA SECRETARIA DE SALA
DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
MAPP/Elaborado por: Isabel Cárdenas.-
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