ASUNTO: FP02-S-2009-005482
RESOLUCIÓN N°: PJ0212010000361

AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE.
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ARISLEIDA DEL VALLE ORTA BARRETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.546.370, donde solicita Autorización Judicial para tramitar el pasaporte de su hija (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, quien es venezolana, niña, de este domicilio, y vista la diligencia de fecha 16-04-2010, presentada por el ciudadano CRUZ EDUARDO ACOSTA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 12.559.677, en su condición de padre de la niña mencionada, este tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA EN FORMA AMPLIA Y SUFICIENTE, a la ciudadana ARISLEIDA DEL VALLE ORTA BARRETO, para que previa las formalidades legales, en nombre de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, tramite todo lo concerniente a la solicitud y expedición del pasaporte de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, por ante la Oficina Pública SAIME.
La presente decisión se expide solo para la tramitación del pasaporte respectivo y en ningún caso constituye autorización o permiso de viaje para viajar dentro o fuera del territorio nacional.
En consecuencia, la presente autorización no es válida como permiso de viaje. Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-

EL JUEZ DE PROTECCION N° 01


DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ. LA SECRETARIA DE SALA.


DRA. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
MAPP/YR.