REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, veintidós de febrero de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO: FP02-M-2010-000001
NUMERO DE RESOLUCION: PJ0242010000032
Vista la Transacción efectuada en el presente Juicio por la ciudadana SCARLET PAMELA BELLO, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 106.508 y de este domicilio en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora y por la parte demandada el ciudadano JUAN CARLOS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº 10.049.122, debidamente asistido por el ciudadano ELOINA MARIA BASILE POLICASTRO, abogada en ejercicio, Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 133.525, de este domicilio y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte su HOMOLOGACIÓN, teniéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Se ordena la devolución de los documentos originales que acompañaron la presente causa previa certificación por secretaría, así mismo se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar a los fines de suspender la medida de secuestro acordada por este Juzgado en fecha 13-01-2010.- Líbrese oficio.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg.-MERLID ELIZABETH FIGUEREDO.-
LA SECRETARIA
Abg.- LOYSI MERIDA AMATO
Orlando.-
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