REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, quince de abril de dos mil diez
199º y 151º

ASUNTO: FP02-V-2008-002054

Vista la diligencia cursante en el folio 180, suscrita en fecha 12 de abril de 2010, por el abogado en ejercicio José Rafael Natera T., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.792, en su carácter de parte actora, mediante el cual desistió de la ejecución de la transacción solicitada, por cuanto la parte demandada retiro voluntariamente por sus propios medios las maquinarias y vehículos que se encontraban en el inmueble depositados, en consecuencia este Tribunal da por consumado el desistimiento de la transacción celebrada entre las partes, sólo en cuanto al retiro de los bienes y maquinarias.
El Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-
MAC/SCH/yinet.
Resolución Nº PJ0192010000222