REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
Puerto Ordaz, trece de abril de dos mil diez
199º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO PRINCIPAL: FP11-L-2010-000121
PARTE ACTORA: ciudadanos JOSE GREGORIO BRITO RODRIGUEZ, JOSEPH IBRAHIM PEREZ MENDOZA, GABRIEL MURATTI LOPEZ, JESÚS SOTILLO CEDEÑO, LUIS G. VASQUEZ CAMACHO, RICHARD YEPEZ, WENCESLAO YEPEZ ROMERO y FEDERICO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nº V-8.958.301, V-14.440.709, V-15.371.039, V-12.215.458, V-13.334.667, V-16.391.940, V-9.903.684 y V-12.643.468, respectivamente.-

APODERADOS JUDICIALES: Ciudadanos ORLANDO DE LA ROSA, ANTONIO GOMEZ y RAFAEL GUAREZ, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 17.255, 26.957 y 54.920,respectivamente, según consta de Instrumento Poder que riela a los folios dieciséis al diecinueve.-

PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil SERVICIOS, MANTENIMIENTOS Y ASESORIAS INDUSTRIALES, C.A. (SOMAICA), inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar en fecha 05 de junio de 1.996, bajo el N° 42, Tomo A Nº15 Pro.-

APODERADOS JUDICIALES: Abogados: ESTRELLA MORALES M, OMAR D. MORALES M, OMAR A. MORALES M, MILVIA CAROLINA AGUILAR, ANTONIELLA NIGRO, ROSANGELA GOMEZ HURTADO y NARLIBETH WASHINGTON, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 26.539, 36.495, 64.040, 125.451, 122.752, 125.450 y 132.489, respectivamente.-


MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL.

Hoy, trece (13) de abril de 2010, siendo las nueve de la mañana (09.00 a. m), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo Sorteo Público efectuado el día de hoy y que Acta de Sorteo Público N° 057-2010, se deja constancia que anunciado el acto por intermedio del alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Tribunal, la parte actora : ciudadanos JOSE GREGORIO BRITO RODRIGUEZ, JOSEPH IBRAHIM PEREZ MENDOZA, GABRIEL MURATTI LOPEZ, JESÚS SOTILLO CEDEÑO, LUIS G. VASQUEZ CAMACHO, RICHARD YEPEZ, WENCESLAO YEPEZ ROMERO y FEDERICO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nº V-8.958.301, V-14.440.709, V-15.371.039, V-12.215.458, V-13.334.667, V-16.391.940, V-9.903.684 y V-12.643.468, respectivamente, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderadas judiciales constituidas en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia la abogada en ejercicio ESTRELLA MORALES M, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.539, en su condición de apoderada judicial de la demandada sociedad mercantil SERVICIOS, MANTENIMIENTOS Y ASESORIAS INDUSTRIALES, C.A. (SOMAICA), tal como consta de Instrumento Poder que consigna en este acto solicitando su devolución previa certificación en autos.- En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Previa certificación en autos devuélvase poder consignado por la representación judicial de la empresa demandada, a tenor de lo estatuido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y artículos 107 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura una vez transcurridos los lapsos recursivos a que hubiere lugar.-
Publíquese, regístrese y déjese copia de esta Decisión en el copilador respectivo.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, a los trece días del mes de abril del año dos mil diez.-
LA JUEZA

Dra. JUANA LEON URBANO.

LA PARTE DEMANDADA COMPARECIENTE.



LA SECRETARIA DE SALA


Abg. Carmen Ledezma

Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA DE SALA


Abg. Carmen Ledezma
FP11-L-2010-000121
130410