REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa , 12 de Agosto de 2010.
Años: 200° y 151°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARY EMILIA DURAN CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.096.559, y domiciliada en Tamarindo II, Avenida Fermín Calderón entre Calles 15 y 16 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y MERCEDES BELEN BOYANO DE QUERALES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.965.389, y domiciliada la Avenida Fermín Calderón, Primera Transversal entre Calles 16 y 17 N° de Casa 57-00, Tamarindo II de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.Este Juzgado del Municipio Bruzual y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 936 del Código de Procedimiento Civil; declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: DIGNA PATORA CLISANCHEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.550.648, NANCY JOSEFINA CLISANCHEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.550.350, GERMAN PASTOR NOGUERA CLISANCHEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.272.633 y DANNY PASTOR NOGUERA CLISANCHEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.272.637 en su condición de hijos de cujus, así como los demás ciudadanos que aparecen en el acta de defunción como hijos de la difunta la cual corre inserta al folio dos (2) de la presente solicitud, emanada por el Registro Civil del Municipio Independencia del estado Yaracuy, de fecha 01 de Marzo de 2010, del la ciudadana: ALICIA CLISANCHEZ, quien era venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de Identidad No. 3.458.149, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 998/2010. Déjese constancia en el libro diario.-




El Juez Temporal,

Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

jt Abg. ERLEN MARTINEZ