ASUNTO : FP02-J-2010-000061
Resolución Nº PJ0822010000201
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la solicitud de fecha 10-08-2010, suscrita por la Dra. Walfredo Méndez Aray, actuando en su carácter de fiscal séptimo (a) del Ministerio Público del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial , y el convenio realizado por los ciudadanos JUAN CARLOS CONTRERAS TORO Y PATRICIA ANABEL ACOSTA CASTILLO, en fecha 29/04/2010, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el Convenio realizado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil y en consecuencia, HOMOLOGA el convenio de Obligación de Manutención, presentado de conformidad con lo previsto en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concordancia con los artículos 263 y 363 ejusdem y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal. Cúmplase. Entréguese copia certificada a los solicitantes. Déjese constancia en el Libro Diario.
El(a) Juez(a)
Dra. Ligia Elizabeth Moreno Rivero
El (a) Secretario (a)
LEMR/Elenice Abreu.Asistente
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