Ciudad Bolivar, 12 de agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO : FH04-Z-2000-000072
RESOLUCIÓN N° PJ0842010000071

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Visto el escrito de fecha 09 de Agosto de 2010, presentado por los ciudadanos STEPHANIE LOURDES MEDINA VILLALBA (Beneficiaria) y JOSE GREGORIO MEDINA (parte demandada), plenamente identificados en autos, asistidos por la abogada DELIA ROSARIO RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 13.889, y realizado un análisis de las actas procesales, se observa que la ciudadana STEPHANIE LOURDES MEDINA VILLALBA, alcanzó la mayoría de edad, quien tiene la libre administración de sus bienes.-
En consecuencia, este Tribunal vista la solicitud realizada por las partes antes mencionadas, Suspende todas las medidas de embargo decretadas por el Tribunal Primero de Protección mediante sentencia definitiva dictada en fecha 18 de Septiembre de 2002 (folios 124 al 144), por lo que se deja sin efecto el oficio N° 1064-1 de la misma fecha. Se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Gobernación del Estado Bolívar, a los fines de poner en conocimiento lo ordenado por este Tribunal. Déjese constancia en el libro diario. Líbrese Oficio.

El Juez Primero de Juicio de Protección


Dr. Miguel Ángel Petit Pérez La Secretaria (Acc.)


Dra. Verónica Josefina Barreto