ASUNTO : FP02-V-2010-000498
RESOLUCION No. PJ0842010000077

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de agosto de 2010, por el abogado en ejercicio JOSE RAFAEL PULIDO FREIRE, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano HUMBERTO JOSE ROMERO, identificado en autos, este Tribunal REVOCA las medidas provisionales de embargo decretadas por el suprimido Tribunal Primero de Protección en fecha 08-04-2010, sobre el sueldo y demás conceptos que devenga el ciudadano HUMBERTO JOSE ROMERO, en la empresa C.V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI, (EDELCA), como fue ordenado en la sentencia definitiva dictada en fecha 28 de mayo de 2010, por lo cual se ordena oficiar lo conducente a la referida empresa. Así mismo definitivamente firme, como ha quedado, la anterior sentencia dictada en el presente procedimiento, este Tribunal de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil ordena su ejecución. Cúmplase. Líbrese Oficio y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO


Dr. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ LA SECRETARIA DE SALA Acc.


Dra. VERONICA JOSEFINA BARRETO