REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 06 de Diciembre de 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza las presentes actuaciones y las declaraciones de los testigos, ciudadano: JOSE HILARIO HOSPEDALES MENDOZA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.458.110 domiciliado en San Antonio, vereda 8 Casa N° 3 de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JUAN ANTONIO QUIROGA FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.110.588 y domiciliado en la Avenida 12 entre Calles 6 y 7 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; este Juzgado Actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MAGALIS BETZYZ OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V- 7.505.442, y domiciliado en la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; sin perjuicios de tercero de igual o mejor derechos, sobre unas bienhechurias construidas en un lote de terreno municipal el cual se encuentra ubicado en la Calle 7, entre las Avenidas 11 y 12 de la Peñita de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, el lote de terreno comprende Doce (12) metros de frente por Veinte (20) metros de Fondo, con una altura de Cuatro (4) metros el cual consta de la siguientes características: Una (1) casa quinta, con paredes de bloques, techo de tejalit, piso de cemento y granito, sala de estar, cocina, comedor, cinco (5) habitaciones, dos (2) baños con sus respectivos servicios, un (1) porche de platabanda y rejillas. Siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa y Solar de Jesús Sampallo; SUR: Casa y Solar de Cruz Castro; ESTE: Calle Siete (su frente) y OESTE: Solar y Casa de Ramón Osorio. Según solicitud de Construcción N° 8, emitido por el antiguo Consejo Municipal del Distrito Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 12 de Febrero del año 1.970. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, a los fines solicitados y déjese copia certificada en el archivo de este Juzgado. Se le asignó el No. 1178/2010.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.