REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 06 de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2010-002357

En virtud de haber sido juramentada ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena en fecha 13 de octubre del presente año y haber tomado posesión del cargo de Juez temporal de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa, a los fines de continuar el procedimiento conforme a la Ley De igual forma y por cuanto se observa que la presente es una solicitud de Únicos y Universales Herederos la cual fue solicitada por los ciudadanos GUIDO R. JIMENEZ; YANITZA D. VASQUEZ DE LARA y DORILA JIMENEZ DE VASQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-777.931 y V-8.878.836 y 776.406 y de este domicilio, la cual se dictó auto de entrada en fecha 01-07-2010, instando a la parte a que informara a este juzgado sobre el parentesco de la ciudadana CATALINA JIMENEZ con la finada RAMONA EVARISTA CHIRE JIMENEZ, para la cual y a los fines indicados se le concedió un plazo de Cinco (05) días de despacho siguientes a la fecha arriba indicada.-

Ahora bien, revisada como ha sido la presente solicitud, no se evidencia que los solicitantes hayan consignado lo requerido por el tribunal; y es de hacer notar que desde la fecha de entrada (01-07-2010), a la presente fecha (06-12-2010), a transcurrido suficiente tiempo para que haya dado cumplimiento a lo requerido.-

En consecuencia por lo anteriormente narrado este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Terminada la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos por falta de impulso procesal del solicitante. Asimismo, se ordena el archivo del expediente. Remítase las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar para su mejor resguardo, constante de diecisiete (17) folios útiles.-
La Juez Temporal,

Abg.- Soraya Amparo Charbone
La Secretaria Temporal,

Abg.- Paguirma Barrios.

SCH/Pb/Gustavo
Resolución: