REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.-
Ciudad Bolívar, Siete de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2010-002163
Nº de Resolución: PJ0242010000335
En virtud de haber sido juramentada ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena en fecha 13 de octubre del presente año y haber tomado posesión del cargo de Juez temporal de este Despacho, me AVOCO al conocimiento de la presente causa, a los fines de continuar el procedimiento conforme a la Ley.- De igual forma y por cuanto se observa que la presente es una solicitud de Únicos y Universales Herederos la cual fue solicitada por el ciudadano PEDRO RAFAEL PALACIOS BARIOS, titular de la cedula de identidad Nº V-6.250.950 y de este domicilio, la cual se dictó auto de entrada en fecha 09-06-2010, instando a la parte a que consignara Copia Certificada de: ACTA DE DEFUNCIÒN Y ACTA DE MATRIMONIO, ASÍ COMO TAMBIÉN COPIA LEGIBLE DE LA CEDULA DE IDENTIDAD DE GLADYS AMARILIS CARVAJAL; por lo que este Juzgado se dio un plazo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha arriba indicada para proceder a la admisión.
Ahora bien, revisada como ha sido la presente solicitud, no se evidencia que el solicitante haya consignado lo requerido por el tribunal; y es de hacer notar que desde la fecha de entrada (09-06-2010), a la presente fecha (07-12-2010), a transcurrido suficiente tiempo para que haya dado cumplimiento a lo requerido.-
En consecuencia por lo anteriormente narrado este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Terminada la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos por falta de impulso procesal del solicitante. Asimismo, se ordena el archivo del expediente. Remítase las presentes actuaciones a la Oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar para su mejor resguardo, constante de Nueve (09) folios útiles.-
La Juez Temporal,
Abg.- Soraya Amparo Charbone.
La Secretaria Temporal,
Abg.- Paguirma Barrios.
Orlando
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