REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Heres
del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 09 de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: FP02-S-2010-004070
Resolución N° PJ0242010000344
La presente es una solicitud de Consignación de cánones de arrendamiento la cual fue solicitada por la ciudadana ROSA MEDINA BETANCOURT, titular de la cedula de identidad Nº V-8.891.964 y de este domicilio, la cual se dictó auto de entrada en fecha 29-11-2010, instando a la parte a que consignara un serie de documentos faltantes tales como la consigne Cheque de Gerencia a nombre de la Beneficiaria Marie José Dockx , así como documento alguno que indique el numero de la Cedula de Identidad y domicilio de la referida Beneficiaria, para la cual y a los fines indicados se le concedió un plazo de Cinco (05) días de despacho siguientes a la fecha arriba indicada.-
Ahora bien, revisada como ha sido la presente solicitud, no se evidencia que los solicitantes hayan consignado lo requerido por el tribunal; y es de hacer notar que desde la fecha de entrada (29-11-2010), a la presente fecha (09-12-2010), a transcurrido suficiente tiempo para que haya dado cumplimiento a lo requerido.-
En consecuencia por lo anteriormente narrado este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADA la presente solicitud de consignación de cánones de arrendamiento por falta de impulso procesal del solicitante. Asimismo, se ordena el archivo del expediente. Remítase las presentes actuaciones a la oficina de Archivo Judicial del Estado Bolívar para su mejor resguardo, constante de OCHO (8) folios útiles.-
La Juez Temporal,

Abg.- Soraya Amparo Charbone
La Secretaria Temporal,

Abg.- Paguirma Barrios
SCH/Pb/hala.-