REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolivar, dieciséis (16) de diciembre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: FP02-V-2010-001538
Resolución Nº: PJ0262010000360

Vista la diligencia presentada por el ciudadano: ORLANDO RAFAEL GUZMAN RAMIREZ venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.907.504 debidamente asistido en este acto por el abogado EFREN CARVAJAL abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 140.120, mediante el cual desiste de la acción este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, observa que la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre que versa la controversia, cuestión por la cual se imparte la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. En el presente juicio de ACCION DE RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO interpuesto por el ciudadano: ORLANDO RAFAEL GUZMAN RAMIREZ contra la ciudadana: DANIEL ANTONIO MENDOZA. Igualmente se acuerda devolver los documentos originales acompañados a la presente demanda, previa su certificación en autos y Se ordena suspender la Medida Preventiva de Secuestro decretada por este Tribunal en fecha veintiocho (28) de Octubre del año 2010 y participada al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Heres y Raúl Leoni del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, remitido a la Unidad de de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D. CIVIL) mediante oficio Nº 704-2010 de fecha 28 de Octubre del año 2010, para que fuere remitido al Juzgado Ejecutor antes mencionado, sobre el vehículo con las siguientes características: MARCA: MITSUBICHI, MODELO: SIGNO PLUS 1.3L M/T, AÑO: 2010, COLOR: AZUL, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDEN, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 8X1CK1ASNAB300237, SERIAL DE MOTOR: KC7390, PLACA: AA115SB. Téngase tal desistimiento con fuerza de sentencia definitiva y con carácter de cosa juzgada. Se da por terminado el presente expediente, se ordena su archivo definitivo. Líbrese el respectivo oficio. Así se Decide.

Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la federación.
El Juez,

Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria T,

Abg. Helene Lanz Golding

La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las diez y treinta (10:30 a.m.) de la mañana.

La Secretaria T,

Abg. Helene Lanz Golding
NAR/hl/enilse.