REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Siete (07) de Enero de 2.010
Años: 199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL FP11-O-2009-000117
ASUNTO FP11-O-2009-000117
Vista la apelación interpuesta en fecha 18 de Diciembre de 2009 por el ciudadano JOSE MIGUEL RIVERO, en su condición de Juez del Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, este Tribunal declara IMPROCEDENTE dicha apelación en virtud de que dicho Juez no es parte en el proceso tal como se establecido en la sentencia dictada en fecha 16/03/2007 por la Sala Constitucional con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales (caso: IDEAUTO, C.A. en contra del Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz), sentencia Nº 1139 de fecha 05/10/2000 (caso: Héctor Luís Quintero Toledo), en la sentencia Nº 1397 de fecha 30/06/2005 (caso: Rene Hernández Pérez).
EL JUEZ SUPERIOR TERCERO,
Abg. NOHEL ALZOLAY
LA SECRETARIA DE SALA,
Abg. DANIELLA FARIAS
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