REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR
EXPEDIENTE: FPO2-L-2009-0000342
PARTE ACTORA: DYANNA CAROLINA VIANA DIAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula Nro: 16.085.817.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MAYRA MARTINEZ DIAZ, Abogada en ejercicio, Inscrita en el IPSA bajo el Nro.: 81.564.
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVAR
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ERICK MICHEL GUEVARA QUINTANA Y ZULLYAN RON DIAZ, Abogados representantes de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO BOLIVAR, inscrito en el IPSA bajo el Nº: 81.405 y 133.526, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, Veinte (20) de Enero de 2010, siendo las Nueve y Treinta de la mañana (9:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia de inicio, compareció a la misma la ciudadana MAYRA MARTINEZ DIAZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el No.:81.564 en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora tal como se evidencia en instrumento Poder que cursa a los folios 6 y 7 del expediente, por una parte y por la otra los ciudadanos FELIX LOPEZ GONZALEZ Y ZULLYAN RON DIAZ, Abogados representantes de la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO BOLIVAR, inscritos en el IPSA bajo los Nos: 72.991 y 133.526, respectivamente, tal como se evidencia de instrumento Poder que cursa en el expediente. La ciudadana Juez informa a las partes que tal como se convino en el acta anterior, en el día de hoy se emitió el pronunciamiento respecto a la solicitud efectuada en la audiencia preliminar celebrada en fecha 15 de Enero de 2010 en la presente causa, por lo que se dictó Sentencia Interlocutoria identificada con el Nº: PJ0692010000002, en la cual se declara Sin Lugar la oposición propuesta por los Apoderados Judiciales de la Procuraduría General del Estado Bolívar ejerciendo la representación judicial de la Gobernación del Estado Bolívar, la cual se fundamenta en los argumentos que en dicha Resolución se exponen y la misma será publicada en el transcurso del día mañana 21 de Enero de 2010, en consecuencia se le da continuidad al proceso y se fija la continuación de la audiencia preliminar para el día Once (11) de Febrero de 2010, a las 11:00 a.m. Es todo, se leyó y conformes firman, siendo las Once de la mañana (11.00 a.m.).
La Juez
Abg. Olga Vede
La Apoderada Judicial de la parte Actora
Los Representantes de la Procuraduría General del Estado Bolívar
La Secretaria,
Abg. María Chayeb
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