REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR

Resolución Nº: PJ0692010000003

EXPEDIENTE: FPO2-L-2009-0000348

PARTE ACTORA: YAJAIRA ANDREINA OSORIO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula Nro: 17.045.777.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OMAR ALCALA y ROSAURA CUSIMANO, Abogados en ejercicio, Inscritos en el IPSA bajo los Nros.: 132.390 y 113.201.
PARTE DEMANDADA: EXPRESOS OCCIDENTE, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YOVANY MARTINEZ CASTAÑEDA, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº: 93.797.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO

En el día de Hoy, Veintinueve (29) de Enero de 2009, siendo las 9:00 a.m. fecha y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente Asunto, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, tres (03) veces en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente el ciudadano YOVANY MARTINEZ CASTAÑEDA, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el No.: 93.797, en su condición de representante judicial de la empresa EXPRESOS OCCIDENTE, C.A., lo cual se evidencia de instrumento poder que cursa en el Expediente y que lo identifica como parte Demandada en la presente causa. Dejándose constancia que la ciudadana YAJAIRA ANDREINA OSORIO LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula Nro: 17.045.777 suficientemente identificada en los autos del presente Asunto como parte accionante, no compareció ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO. Se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, siendo las Nueve y Treinta de la mañana (9:30 A.M.). Se terminó, Se leyó y conforme firman.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo. Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Ciudad Bolívar, Estado Bolívar.
La Juez



Abg. Olga Vede Ruiz
El Apoderado Judicial de la parte Demandada


La Secretaria


Abg. María Vanessa Chayeb