REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 25 DE FEBRERO DE 2010.
AÑOS: 199º Y 151º
Visto el resultado del cómputo que antecede, este tribunal observa:
Que la parte demandada opuso cuestiones previas estando dentro del lapso establecido en el artículo 359 del Código de procedimiento Civil y el Tribunal procedió a aperturar un lapso de cinco (05) días para que sea subsanado el defecto. Vencidos los lapsos referidos a la articulación probatoria de ocho (08) días y el lapso de diez (10) días, ambos establecidos en el articulo 352 ejusdem, el Tribunal procedió a dictar sentencia, la cual fue publicada el 28 de enero de 2010, por lo que al despacho siguiente se apertura el lapso para la contestación de la demanda conforme al ordinal 2° del articulo 358 ejusdem, que señala “…En caso contrario, cuando habiendo sido alegadas, se las hubiese desechado, la contestación tendrá lugar: 2°) En los casos de los ordinales 2°, 3°, 4° 5°, y 6° del artículo 346, dentro de los cinco días siguientes a aquel en que la parte subsane voluntariamente el defecto u omisión conforme al articulo 350; y en caso contrario, dentro de los cinco días siguientes a la resolución del tribunal salvo el caso de extinción del proceso a que se refiere el articulo 354.”. Ahora bien, el ciudadano WINSTON GERARDO DELGADO ORTEGANO, demandado de autos, mediante escrito de 04 de febrero de 2010, procedió a dar contestación a la demanda en fecha 04 de febrero de 2010, tal como se evidencia a los folios 168 al 177 del expediente, por lo que este Tribunal, conforme al cómputo antes ordenada, determina que la misma ocurrió dentro del lapso legal establecido, en consecuencia, niega declarar la confesión en la presente demanda por las razones antes señaladas.
El Juez,
Abg. EDUARDO J. CHIRINOS CH.
La Secretaria Acc.,
T.S.U. BELITZA EVELIN VELASQUEZ
Abg. EJCH/eq
Exp. 14.286