JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, 09 DE FEBRERO DE 2010.
AÑOS: 199º Y 150º.
Visto el escrito de fecha 03 de Febrero de 2010, suscrito por el ciudadano ROSELBER JOSE COLINA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro V.- 17.197.209, demandante de autos, asistido por el Abogado JESUS MANUEL MATUREL, Inpreabogado N° 65.198, y el ciudadano ALIS RAFAEL FUENTES PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 18.301.095, demandado de autos, asistido por la abogada, GLORA E. GIMENEZ, Inpreabogado N° 119.215, donde CONVIENEN en la presente causa; por cuanto el mismo se contrae a derechos disponibles sobre los cuales no están interesados el orden público, ni las buenas costumbres, ni es violatoria de norma legal expresa, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su aprobación en sus propios términos y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil. No se archiva el expediente por cuanto faltan alícuotas por pagar En cuanto a que sea agregado el presente convenimiento a la comisión N° 1291 del tribunal ejecutor, este Juzgado se abstiene de proveer lo solicitado, por cuanto dicho trámite debe hacerlo la parte interesada ante el Juzgado Ejecutor de Medidas donde consignó el mandamiento de ejecución.
El Juez,
Abg. EDUARDO J. CHIRINOS CH.
La Secretaria,
Abg. LINETTE VETRI MELEAN.
EJCH/eq
Exp. 14.217
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