ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-002992
ASUNTO : UP01-P-2007-002992
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal condenó al ciudadano FRANCISCO ALBERTO LOBO CAMACARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.504.868, de 48 años de edad y con residencia en el Barrio Vigirima, Carrera 2 con Calle 13, Urachiche del Estado Yaracuy; a cumplir la pena de por de CUATRO (4) AÑOS DE PRISION por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado fue detenido en fecha 29-09-2007 hasta el la presente fecha 18-02-2010, por lo que se infiere que lleva detenido DOS (2) AÑOS, CUATRO (4) MESES Y VEINTE (20) DÍAS faltándole por cumplir la pena impuesta UN (01) AÑO, SIETE (7) MESES Y DIEZ (10) DÍAS , la cual vence el 28-09-2011 a las 12:00 de la noche de conformidad con el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a partir de la presente fecha de conformidad a lo establecido en el Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal. Vista la solicitud de la defensa se ordena Oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial al penado, remítase copia del presente asunto y de la sentencia condenatoria. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución N° 01 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán Abg. Daniela Silva
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