ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-000598
ASUNTO : UP01-P-2007-000598


AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Firme como ha quedado la anterior sentencia, se ordena su Ejecución. Este tribunal observa que el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial Penal en fecha 04-11-2009 condenó al ciudadano FRANKLIN ANTONIO ROMAN PIÑERO, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº N° 11.053.843, fecha de nacimiento 16-01-74, de 33 años, de profesión u oficio contratista, residenciado en la calle 07, casa S/N, cerca del Ferrocarril, Boraure Municipio Trinidad del Estado Yaracuy, por encontrarlo responsable penalmente del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 en concordancia con el artículo 259 segundo aparte de la LOPNA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, se procede de conformidad con lo establecido en el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal a realizar el computo de la pena: consta en autos que el referido penado no estuvo detenido por lo que le falta por cumplir la totalidad de la pena la cual vence el 19-02-2015 a las 12 p.m
Así mismo se notifica que el mencionado penado podrá solicitar la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 493 del Código Orgánico procesal penal reformado parcialmente en fecha 04 de Septiembre de 2009, publicada en gaceta oficial extraordinaria N° 5.930. Vista la solicitud de la defensa Privada se ordena oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a fin de que realice el correspondiente informe Psícosocial al penado, remítase copia certificada del presente auto y de la sentencia condenatoria a la Unidad Técnica. Cúmplase.-

La Jueza de Ejecución N° 01 La Secretaria
Abg. Esmeralda López Guzmán Abg. Daniela Silva