REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
199° y 150°

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2009-000357
PARTE DEMANDANTES





ABOGADO ASISTENTE. JOSE AUGUSTO LIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.15.388.085, de este domicilio.

ZAFIRO NAVAS, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.24.555E.
PARTE DEMANDADA

DISTRIBUIDORA EL REGRESO, C.A, y solidariamente al ciudadano: MOHD SALEH IBRAHIM SHREIM, extranjero, titular de la cedula de identidad numero : 22.382.703.
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los DIECIOCHO (18) días del mes de FEBRERO de 2010, siendo las ONCE de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar y dar inicio al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por la ciudadana: NURY TOMASA SIERRA ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.912.004, domiciliado en Estado Yaracuy, representado por la abogada : ZAFIRO NAVAS, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro : 24.555 , CONTRA: DISTRIBUIDORA EL REGRESO C. A., y solidariamente al ciudadano: MOHD SALEH IBRAHIM SHREIM, extranjero, poseedor de la cedula de identidad N°: 22.382.703. Anunciada como fue la celebración de la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constató que para este acto se encuentra presente la parte actora la ciudadana: NURY TOMASA SIERRA ALVAREZ, identificados ut- supra, representada por la profesional del derecho: ZAFIRO NAVAS, identificada ut- supra, Se deja expresa constancia que la parte demandada la empresa DISTRIBUIDORA EL REGRESO C. A., y el demandada solidario, el ciudadano: MOHD SALEH IBRAIHIM SHREIM, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 131 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo y considerando que la pretensión del demandante no es contraria a derecho este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORDAD DE LA LEY DECLARA PRIMERO: La admisión de los hechos alegados por el demandante en el presente procedimiento; SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA Y SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA EMPRESA: DISTRIBUIDORA EL REGRESO C. A., y al ciudadano: MOHD SALEH IBRAIHIM SHREIM, plenamente identificados, A PAGAR LAS SIGUIENTES CANTIDADES:

1.- Antigüedad:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Antigüedad desde el año 16-09-1993 al 23-07-2009, calculados a razón del salario integral y conforme a lo previsto en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Antigüedad: ..................................... Bs. F. 171.191,22

2.- Bono de Transferencia:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Transferencia tomando en consideración el tiempo laborado, calculado conforme a lo previsto en el Artículo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Bono de Transferencia: ..................................... Bs. F. 150,00

3.- Despido Injustificado:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Despido Injustificado tomando en consideración el tiempo laborado, calculado a razón del salario integral y conforme a lo previsto en el Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total despido injustificado: ..................................... Bs. F. 22.810,50
4.- Preaviso:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Preaviso tomando en consideración el tiempo laborado y conforme a lo previsto en el Artículo 104 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Preaviso: ..................................... Bs. F. 13.686,30

5.- Intereses Sobre Prestaciones Sociales:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Intereses Sobre Prestaciones Sociales tomando en consideraciones, calculados conforme a lo previsto en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Intereses Sobre Pretacione4s Sociales: ........... Bs. F. 25.828,68

6.- Vacaciones:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Vacaciones tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en el Artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Vacaciones: ..................................... Bs. F. 39.123,63

7.- Vacaciones Fraccionadas:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Vacaciones Fraccionadas tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en los Artículos 219 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Vacaciones Fraccionadas: ............................. Bs. F. 3.224,47

8.- Bono Vacacional:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Bono Vacacional tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en el Artículo 223 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Bono Vacacional: ............................. Bs. F. 21.496,50

9.- Bono Vacacional Fraccionado:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Bono Vacacional tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en los Artículos 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Bono Vacacional: ............................. Bs. F. 2.149,65

10.- Utilidades:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Utilidades tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en el Artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Utilidades: ............................. Bs. F. 1.253,96

11.- Utilidades Fraccionadas:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de Utilidades tomando en considera, calculados conforme a lo previsto en el Artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Utilidades Fraccionadas: ............................. Bs. F. 25.795,80
12.- Domingos Laborados:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de domingos laborados tomando en consideración el tiempo laborado y lo admitido, y calculados conforme a lo previsto en los Artículos 212 y 218 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente, es:
Total Domingos Laborados: ............................. Bs. F. 18.916,48

13.- Comisiones:
Lo que se adeuda a la trabajadora por concepto de comisiones calculadas conforme al porcentaje de ventas, al cual hizo referencia en el escrito libelar la parte actora y que no totalizó en lo reclamado, el cual es:
Total comisiones: ............................. Bs. F. 60.514.92

TOTAL GENERAL DE LO CONDENADO EN LA PRESENTE SENTENCIA: CUATROCIENTOS SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS BOLÍVARES FUERTES CON ONCE CENTIMOS (Bs. F. 406.142,11)

TERCERO: Se ordena EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL OBJETO DE ESTA SENTENCIA, a los efectos de determinar conforme lo establece el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo los intereses de mora sobre las cantidades condenadas. Asimismo en el caso que no se diere el cumplimiento dicho concepto de intereses moratorios, serán calculados mediante experticia complementaria del fallo mediante los siguientes parámetros: Desde la fecha en que finalizo la relación laboral , sea por causa atribuible a la voluntad de las partes o por causas ajenas a la misma, independientemente de la oportunidad elegida por el trabajador para reclamar sus derechos judiciales o extrajudiciales hasta la materialización de esta ( pago efectivo), según lo establecido en el articulo antes señalado y sentencia numero 1.841, de fecha 11 de noviembre de 2008 emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

CUARTO: Se ordena EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL OBJETO DE ESTA SENTENCIA, a los efectos de determinar conforme lo establece el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la indexación o corrección monetaria sobre las cantidades condenadas. Asimismo en el caso que no se diere el cumplimiento dicho concepto por indexación o corrección monetaria, serán calculados mediante experticia complementaria del fallo mediante los siguientes parámetros: Desde la fecha en que finalizo la relación laboral, sea por causa atribuible a la voluntad de las partes o por causas ajenas a la misma, independientemente de la oportunidad elegida por el trabajador para reclamar sus derechos judiciales o extrajudiciales hasta la materialización de esta ( pago efectivo), según lo establecido en el articulo antes señalado y sentencia de fecha 11 de noviembre de 2008.
QUINTO: De conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costa a la parte demandada por haber sido totalmente vencida. Así se DECIDE.
SEXTO: La parte actora presentó escrito de promisión de pruebas constante de tres (03) folios y diecinueve (19) anexos.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los DIECIOCHO (18) días del Mes de FEBRERO del dos mil diez (2010).
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:50 de la mañana.
PUBLIQUSE REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
El Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy


Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ

La parte demandante:
REPRESENTADA POR:


ABG: ZAFIRO NAVAS.



La Secretaria,


Abg: MIRBELIS ALMEA ALVAREZ.