REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
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En fecha 21 de febrero de 2007, se admitió demanda por inquisición de paternidad intentada por Víctor José Ravelo, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 11.055.399 y de este domicilio, debidamente representado por su co-apoderado Kaled Souki Ortiz, abogado en ejercicio, inscrito en el I,P.S,A, bajo Nº 105.793 y de este domicilio contra Gilberto Emiro Correa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.699.404 y de este domicilio.-
Dice el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que: "TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES".
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Es evidente, que desde el día 23 de abril de 2.007, fecha en la cual se consigna comprobante de recepción de la comision remitida por este tribunal al área metropolitana de Caracas, con el objeto de practicar citación del demandado, no consta que se hubiere realizado posteriormente acto alguno de procedimiento para interrumpir la perención de la instancia, la cual se ha producido por el transcurso del tiempo señalado en la disposición legal que se ha trascrito en el encabezamiento de esta decisión.-
Por las razones expuestas este tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por inquisición de paternidad.
Notifíquese de la presente decisión a la parte actora.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los tres días del mes de febrero del año dos mil diez. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez,
Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las nueve y diez de la mañana (09:10 a.m.).-
La Secretaria,
Abg. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/angela.-
ASUNTO: FP02-F-2007-000017
Resolución: Nº PJ0192010000031
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