San Felipe, diez (10) de febrero de 2010.
199° y 150°

Asunto: UP11-V-2009-000072.


En fecha 2 de octubre de 2009, el Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, revocó la medida de colocación en entidad de atención al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de 12 años de edad, donde se responsabilizo para el cuido del mismo a la unida de protección CECILIA MUJICA EN EL ESTADO YARACUY, ubicada en el municipio San Felipe Estado Yaracuy, por cuanto consideró que la madre actualmente se encuentra ejerciendo su rol de madre cumpliendo con sus obligaciones y satisfaciendo las necesidades primarias al hijo como lo son la manutención, educación y afecto y en su interés superior revocando así la medida provisional, dictada por este Tribunal en fecha 07 de Julio de 2009, de Colocación en Entidad de Atención y lo dejó al cuidado de su madre. Ahora bien revisadas las actuaciones, considera quien juzga que la problemática planteada que dio origen a la medida dictada obedece a situaciones que requieren tomar medida de emergencia mientras se resuelve en la definitiva y con base a los informes consignados no considerados en la decisión de fecha 2/10/2009; en consecuencia revisadas las actuaciones y visto el informe integral emanado del Equipo Multidisciplinario de este Tribunal que fue consignado con posterioridad a la medida provisional dictada en fecha 2 de octubre de 2009; este Tribunal de Juicio de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy ACUERDA: revoca la medida provisional de fecha 2 de octubre de 2009 y acuerda dictar las medidas provisionales siguientes: PRIMERA: se dicta medida de cuidados en su propio hogar al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, nacido el 4 de septiembre de 1.997; y SEGUNDO: se ordena tratamiento psicológico al adolescente y a su madre ciudadana KATHLEEN GERTRUDES LOBO PEREZ, por ante el psicólogo adscrito al Consejo Municipal de Derecho del Municipio José Antonio Páez del estado Yaracuy, que se ejecutará en la modalidad y por el tiempo que determine el experto.
Publíquese y regístrese, Déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los diez días del mes de febrero de 2010.
El Juez,

Abg. Frank Alexander Santander Ramírez
La Secretaria

Abg. Pilar C. Valverde
En la misma fecha se publicó la decisión, siendo las 10:10 a.m..-

La Secretaria

Abg. Pilar C. Valverde