República Bolivariana De Venezuela

Juzgado del Municipio Bruzual De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy.
Años: 200º Y 151º



EXPEDIENTE 1665-2010


MOTIVO RECTIFICACION DE ACTA DE
NACIMIENTO


SOLICITANTE: ISABEL MARCARELLA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.7.517.729



EN fecha 06 de Mayo del 2010 fue presentado escrito por la ciudadana ISABEL MARCARELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V.- 7.517.729, y de este domicilio, asistida por el Abogado JARVIS NAZARETH MENDEZ FLORES, Inpreabogado No. 101.713; en el cual solicita la RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, No. 277, Folio 139 al Vto del año 1.959, llevada por ante el Registro Principal del Estado Yaracuy alegando que la misma adolece del siguiente error: Identificaron el nombre del padre de la solicitante, en el Acta de Nacimiento así: SALVADOR MARCCARELLA FONTETTA siendo lo correcto SALVATORE MARCARELLA FANTETTA. Anexo a su libelo, Copia Fotostática de la cedula de Identidad de la Solicitante y del padre (folio 2 y 3), Originales del Acta de Nacimiento de la solicitante (folio 5), Original de la Certificación de Partida de Nacimiento de la solicitante (folio 6 y 7), Copia fotostática del Acta de Nacimiento del padre de la solicitante (folio 8).

DE LA ADMISION DE LA DEMANDA

En fecha el 12 de Mayo del año 2010, (folios 09 y 10) la solicitud fue admitida por el Abogado Efraín Ballester Acosta, Juez de este Juzgado, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres ni alguna disposición en la Ley, acordándose librar Boleta de Notificación al Fiscal Séptimo del Ministerio Publico del Estado Yaracuy.

En fecha 25 de Mayo del año 2010 (folio 16), comparece ante este tribunal el abogado el ciudadano JARVIS NAZARETH MENDEZ FLORES I.P.S.A 101.713, donde pide se considere la publicación del edicto en diario Regional debido a que no posee los recursos suficiente para hacerlo en un diario Nacional.

En fecha 26 de Mayo del año 2010, (folio 14), se recibió Boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, agregándose al expediente.

En fecha 28 de Mayo del año 2010 (folio 15), vista la diligencia suscrita por el abogado JARVIS NAZARETH MENDEZ, el tribunal acuerda lo solicitado, librando el respectivo edicto.

En fecha 11 de Junio del año 2010 (folio 17 y 18) se recibe diligencia del Abogado Jarvis Mendez, consignando edicto publicado en el Diario Yaracuy al Día, en fecha 21-05-10.

En la misma fecha (folio 19) se agrega dicho cartel al expediente.

Llegada la oportunidad de decidir lo conducente se procede a ello de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, previa las siguientes consideraciones:

PRIMERO: La solicitud ha sido ejercida por la ciudadana ISABEL MARCARELLA, parte interesada en la presente solicitud.
SEGUNDO: Consta suficientemente de la documentación presentada conjuntamente con el escrito de solicitud, el cual cursa en los folios 01 al 08, que dicha acta de Nacimiento debe ser corregida de la forma que a continuación se expresa: Identificaron el nombre del padre de la solicitante, en el Acta de Nacimiento así: SALVADOR MARCCARELLA FONTETTA siendo lo correcto SALVATORE MARCARELLA FANTETTA.
En merito de las razones antes expuestas y por apreciar que se encuentran llenos los extremos del articulo 770 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente este Tribunal procederá de la siguiente manera:

DECISION

Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por autoridad de la Ley.

DECLARA

PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento de la ciudadana ISABEL MARCARELLA NUÑEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.517.729, acta de nacimiento llevada por ante el Registro Principal del Estado Yaracuy No. 277, Folio 139 del año 1.959. En tal sentido que donde aparezcan el siguiente error sea corregido de la manera que a continuación se expresa: Donde aparezca el nombre SALVADOR MARCCARELLA FONTETTA sea corregido por SALVATORE MARCARELLA FANTETTA.
Publíquese en la pagina Web de este Juzgado, regístrese, déjese copia Certificad de la presente Sentencia.

Líbrense Oficios al Coordinador del Registró Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y al Registrador Principal del Estado Yaracuy a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad a lo establecido en el artículo 502 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En la ciudad de Chivacoa, a los catorce (14) días del mes de Julio del año Dos Mil Diez (2010).

El Juez Temporal,
Abg. Efraín Ballester Acosta
La Secretaria
Abg. Erlen Martínez
En la misma fecha se publico en la página Web de este Tribunal, siendo os 10:30 a.m
La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez


EBA/EM/jt