REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 27 de Julio del 2010
Años: 200° y 151°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: LUIS LEONEL MARQUEZ PARADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.447.160 domiciliado en la Calle 4 con Avenida 3, Monte Oscuro de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ALEXIS JUNIOR MENDOZA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.603.645 y domiciliado en el Barrio Ezequiel Zamora al final de la Calle 22 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ENMA MARIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.655.829 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuria que la solicitante dice ocupar sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la Calle 4 entre Avenidas 5 y Callejón Almeida de la Ciudad de Chivacoa, del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 270,72 Mts2 y un área de construcción de 175,29 Mts2 con las siguientes características: una (1) casa de habitación con las siguientes características: Estructura General de Paredes de Carga y Bloque de Cemento, Estructura del Techo Metálica, Cubierta de zinc, Acabado de Friso Liso, piso de cemento pulido, Distribuido de la Siguiente manera: tres (3) habitaciones, un (1) baño de cerámica, una (1) sala, una (1) cocina empotrada de cerámica, un (1) comedor, un (1) porche; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Hugo González, en 17,06 ml; SUR: Casa y Solar que es o fue de Alejandra López, en 18,10 ml; ESTE: Casa y Solar que es o fue de Lucrecia Camacho en 14,90 ml OESTE: Calle 4 ( su frente) en 16,08 ml; según se evidencia del levantamiento planimetrico N° DC-Au-Lp (17- 104)-241-2006, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 18 de Mayo del año 2006. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 821/2010.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
jt.